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Las nuevas antenas del monte Ezkaba, motivo de preocupación por parte del Ayuntamiento de Berrioplano

De momento, el Gobierno ha estimado las alegaciones y deberá modificar la ficha descriptiva de las antenas para incluir referencias a espacios sensible

  • Monte Ezkaba visto desde Berriozar

El Director General de Telecomunicaciones y Digitalización del Gobierno de Navarra ha emitido una resolución en la que estima las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Berrioplano/Berriobeiti al Plan Territorial de Infraestructuras (PTI). Este plan contempla la instalación de nuevas antenas en el monte Ezkaba, dentro del Parque Comarcal de Ezkaba, un espacio considerado sensible según la normativa foral.

El Ayuntamiento de Berrioplano argumentó que el entorno del Parque Comarcal de Ezkaba (que ahora gestiona Mancomunidad y que no ha dicho nada al respecto) debe ser reconocido como espacio sensible, en base a la Ley Foral 10/2002 y el Real Decreto 1066/2001, por lo que cualquier instalación de infraestructuras de telecomunicaciones requiere estudios específicos sobre los niveles de emisión radioeléctrica. Además, señalaron que la afirmación de que no existen zonas de paso o estancia en el área resulta errónea, dado que es frecuentada por paseantes y ciclistas.

La resolución acepta estos argumentos, determinando que la empresa que se encarga de estas tareass deberá modificar la ficha descriptiva WKI 110 – Berrioplano para incluir referencias a los espacios sensibles. También se confirma que las mediciones realizadas cumplen con los límites legales establecidos en la normativa vigente, aunque deberán ajustarse a las especificaciones adicionales requeridas para zonas sensibles.

Alegaciones del Ayuntamiento de Uharte Arakil

Por otro lado, el Ayuntamiento de Uharte Arakil presentó alegaciones relacionadas con irregularidades en la ocupación de terrenos comunales, el incumplimiento de la altura máxima permitida para las torres de telecomunicaciones (que según la normativa municipal no debe superar los 30 metros, frente a los 40 metros actuales), y el impago del canon correspondiente.

Estas alegaciones fueron desestimadas por no ser competencia directa del expediente del PTI, que se centra en la adecuación a la Ley Foral 10/2002. Según la resolución, las cuestiones de legalidad municipal deberán ser tramitadas por el propio ayuntamiento a través de los procedimientos que estime oportunos.

La resolución incluye varias directrices para continuar con la tramitación del expediente. Una vez que la empresa resente la ficha modificada, se volverá a solicitar informe a diferentes servicios técnicos del Gobierno de Navarra, entre ellos Biodiversidad, Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental, Patrimonio Histórico, y Territorio y Paisaje.

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