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Luz verde a la Ley reguladora de la Agencia de Transición Energética de Navarra

Se trata de una Entidad Pública Empresarial, creada por la Ley Foral 4/2022, que busca promover un modelo energético sostenible, basado en renovables

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  • Debate de la ley en el Parlamento

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, las abstenciones de UPN, PPN y no adscrita y el voto en contr adel Grupo Mixto, la Ley Foral reguladora de la Agencia de Transición Energética de Navarra (ATENA). Se trata de una Entidad Pública Empresarial que, instituida al dictado de la Ley Foral 4/2022, surge con el propósito de contribuir a la consecución de un modelo sostenible basado en las fuentes renovables, la generación distribuida y el autoconsumo.

La Ley impulsada por el Ejecutivo Foral pretende erigirse en una herramienta de lucha contra el cambio climático y sus consecuencias, también mediante la promoción y ejecución de actuaciones de eficiencia, gestión y ahorro, incluidos los estudios y análisis precisos para alcanzar los compromisos forales y estatales en materia de transición energética.

A tal objeto, con el ánimo de situar a Navarra como líder del conocimiento y la innovación en el sector de la energía, entre otros fomentando la iniciativa pública en todos los ámbitos institucionales, se subraya la intención de promover la soberanía energética de la población navarra. Con esa idea, se incentivará la producción y la generación distribuida, así como el autoconsumo de renovables (eólica, fotovoltaica, solar térmica, biomasa, geotermia y otras), procurando de este modo generalizar la energía km.0.

Entre las funciones atribuidas a la nueva Agencia de Transición Energética destaca la de proponer, diseñar y elaborar el Plan Energético de Navarra, así como las acciones necesarias para su plena ejecución. Deberá colaborar, además, en el diseño y seguimiento de los Planes de Infraestructuras Energéticas de Navarra.

ATENA se encargará también de promover (y gestionar) la implantación de sistemas de producción de energía renovable, autoconsumo y generación distribuida, sistemas de almacenamiento o gestión de energía, sistemas de recarga de vehículo eléctrico y proyectos de movilidad sostenible en Navarra, entre otras iniciativas análogas.

Para el cumplimiento de sus fines, realizará inversiones directas o apoyará mediante préstamos, avales u otros instrumentos las inversiones realizadas por entidades públicas. En el caso de inversiones de entidades privadas, se priorizará el apoyo a proyectos impulsados por organismos sin ánimo de lucro, entre los que destacan los realizados por comunidades energéticas.

Se supedita el apoyo económico a las entidades privadas, “con o sin ánimo de lucro”, a un “informe de viabilidad económico financiero a cargo de la empresa pública Sodena, especializada en actividades de riesgo”. Idéntica garantía, por los mismos motivos, se estipula para los “sistemas de financiación innovadores” que sea capaz de establecer y gestionar ATENA.

En otro orden de cosas, ATENA tiene previsto crear o participar en sociedades mercantiles con el ánimo de comercializar energía eléctrica en régimen de libre competencia, gestionar la venta de excedentes energéticos de instalaciones de autoconsumo, recoger y analizar los datos de consumo y participar en la gestión inteligente de la demanda, así como en otros servicios del sistema eléctrico.

Desde la Agencia se promoverá también, a iniciativa propia o en colaboración con otras empresas del sector privado, el desarrollo de proyectos pioneros o estratégicos para Navarra en el ámbito energético. Asimismo, se encargará de proponer, adoptar y ejecutar actuaciones dirigidas a impulsar el ahorro y eficiencia energética y la gestión inteligente de la energía; impulsar el uso de las energías renovables para el autoconsumo y la generación distribuida mediante una gestión sostenible de los recursos locales y renovables; y fomentar el uso del transporte eléctrico y los vehículos de cero emisiones.

A este respecto, cabe destacar que ATENA pondrá especial atención en la gestión energética en el sector público, proporcionando apoyo técnico a las unidades de contratación de las diferentes administraciones públicas navarras, elaborando programas de racionalización del uso de la energía y promocionando el aprovechamiento de recursos energéticos renovables en este ámbito.

La Agencia potenciará la gestión inteligente de la energía, mediante el impulso del transporte eléctrico, las energías renovables, las ciudades inteligentes (smartcities) y las redes de distribución eléctrica inteligentes (smartgrids), con la finalidad de aumentar el ahorro energético y disminuir emisiones.

ATENA fomentará comunidades energéticas locales, dando asesoramiento a las personas y entidades interesadas en su constitución. En la misma línea, prestará asesoramiento y apoyo técnico en materia energética a las diferentes administraciones públicas, y facilitará formación especializada a profesionales. Ofrecerá apoyo técnico a las entidades locales para la redacción, ejecución y revisión de sus propios planes de acción para el clima y la energía sostenible.

La Agencia promoverá actuaciones e inversiones públicas y privadas en materia de absorción de dióxido de carbono, de la preservación y mejora de los sumideros de carbono y de adaptación al cambio climático. Fomentará actuaciones e inversiones públicas y privadas en proyectos de I+D+i en el ámbito de la transición energética y la lucha contra el cambio climático.

Por otra parte, entre sus cometidos se encuentra también el desarrollo de campañas de información y sensibilización ciudadana. Los proyectos energéticos que se planteen por parte de la Agencia se abrirán a la participación ciudadana, tanto en su diseño como en su financiación.

En este contexto, se prevé que los convenios de colaboración entre administraciones públicas relacionados con proyectos de generación de energía renovable, almacenamiento de energía o absorción de carbono puedan tener una vigencia máxima de 30 años.

Además, se hace constar que los poderes públicos, la ciudadanía, las empresas, las organizaciones sin ánimo de lucro y las asociaciones empresariales estarán obligados a colaborar y aportar a la Agencia los datos estadísticos necesarios (cuando se pueda desglosados por sexo) para la ejecución de las políticas de transición energética, de acuerdo con los formatos y los criterios de confidencialidad que se establezcan.

Del mismo modo, se faculta a la Corporación Pública Empresarial de Navarra (CPEN) para ejercer sobre ATENA las funciones superiores de control, evaluación y tutela que, a niveles técnico y financiero, se consignan en los apartados 1b y 2 del artículo 2 de la Ley Foral 8/2009.

A su vez, se determina que, en el plazo de un año, el Gobierno de Navarra deberá aprobar los Estatutos y el Plan de Actuación Inicial de ATENA.

En cuanto a los mecanismos de control y de cara a garantizar la “transparencia, la rendición de cuentas y la eficiencia” de la Agencia de Transición Energética, se obliga al Ejecutivo Foral a presentar “anualmente” ante el Parlamento de Navarra (por escrito ante la Comisión competente) la Memoria de Gestión y el Plan de Actuación para el siguiente ejercicio. Y con carácter inminente, a modo de presentación, el Plan de Actuación Inicial.

Una vez dictaminada y tras su aprobación en Pleno, la Ley Foral reguladora de la Agencia de Transición Energética de Navarra (ATENA) entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BON

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