Pamplona Actual

El Defensor del Pueblo pide al Ayuntamiento que blinde la plaza de San José para proteger su "encanto" frente a las terrazas hosteleras

La institución sugiere, con carácter principal, vetar en este enclave del Casco Antiguo todo establecimiento de bebidas y, de forma subsidiaria, impedir al menos que se instalen terrazas en esta zona de Pamplona

  • Plaza de San José

El Defensor del Pueblo de Navarra ha sugerido al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña que proteja específicamente la plaza de San José, junto a la Catedral, e impida en ella toda actividad de hostelería y afines y, en general, cualquier tipo de establecimiento en el que se vendan bebidas. Así lo recoge una resolución fechada el 7 de octubre, que la institución que dirige Patxi Vera Donazar ha remitido al alcalde tras abrir una actuación de oficio.

El expediente nació a raíz de las noticias publicadas sobre el rechazo del vecindario a la posible apertura de una degustación de café con terraza en la plaza. Los residentes defendían que este espacio, hasta ahora al margen de la gentrificación y la turistificación que soporta el Casco Antiguo, se mantenga libre de la ocupación física y ambiental que conlleva la hostelería y sea un lugar de convivencia sin ruido. Además, la plaza no está afectada por las restricciones de apertura ni por los límites de distancia propios de las zonas declaradas saturadas.

Una singularidad que, a juicio del Defensor, justifica la protección

La resolución señala que la plaza presenta una configuración peculiar y destaca por su tranquilidad, su sosiego y su “encanto”, además de permanecer ajena a la actividad de locales hosteleros que sí abundan en otros puntos del Casco Antiguo y que, junto a efectos positivos, generan también afecciones negativas. Esa singularidad, ha subrayado la institución, justificaría que el Consistorio procure preservar su esencia, su configuración y sus características actuales.

El Defensor del Pueblo sostiene que la prohibición debería alcanzar a cualquier local donde se vendan bebidas, con independencia de su categorización, porque considera que son susceptibles de generar concentraciones de personas y molestias similares a las del ocio ligado a la hostelería o incluso a las del fenómeno del botellón. Como medida subsidiaria, y “elemental”, propone que el Ayuntamiento impida al menos la instalación de terrazas aledañas a los establecimientos que pudieran abrirse.

El debate jurídico: ¿hostelería o comercio?

El caso pone de relieve la controversia sobre cómo se califica una degustación de café. El Ayuntamiento ha informado de que no tiene constancia de ninguna licencia ni declaración responsable presentada para la plaza de San José. Según su informe, el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del Casco Antiguo ya fija una distancia de separación entre locales de hostelería, pero su intento de regular actividades “aledañas”, como las degustaciones de café, los comercios de comida para llevar o la venta de alcohol, con una regulación horaria, fue recurrido. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra dio la razón a los recurrentes al entender que la competencia exclusiva en materia de comercio corresponde al Gobierno foral. El Consistorio ha recordado asimismo que implantar una actividad no conlleva necesariamente un derecho a instalar una terraza en la vía pública.

Por su parte, el Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial ha defendido que la degustación de café no es una actividad comercial sino hostelera, al implicar un proceso de elaboración, y que encaja en el código 56.3 de la clasificación CNAE, el de servicios de bebidas. Ha añadido que, aunque se considerara comercio, el Gobierno de Navarra solo tramita autorizaciones para grandes establecimientos de más de 2.500 metros cuadrados, por lo que carece de margen de actuación. Ha indicado, no obstante, que el artículo 55 del anteproyecto de nueva ley foral de comercio permitirá a los municipios prohibir la venta de alcohol en comercios no hosteleros entre las 22:00 y las 7:00 horas.

Dos meses para responder

El Ayuntamiento dispone de un plazo máximo de dos meses para informar de si acepta la resolución y, en su caso, de las medidas adoptadas. 

El Defensor del Pueblo de Navarra ha sugerido al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña que proteja específicamente la plaza de San José, junto a la Catedral, e impida en ella toda actividad de hostelería y afines y, en general, cualquier tipo de establecimiento en el que se vendan bebidas. Así lo recoge una resolución fechada el 7 de octubre, que la institución que dirige Patxi Vera Donazar ha remitido al alcalde tras abrir una actuación de oficio.

El expediente nació a raíz de las noticias publicadas sobre el rechazo del vecindario a la posible apertura de una degustación de café con terraza en la plaza. Los residentes defendían que este espacio, hasta ahora al margen de la gentrificación y la turistificación que soporta el Casco Antiguo, se mantenga libre de la ocupación física y ambiental que conlleva la hostelería y sea un lugar de convivencia sin ruido. Además, la plaza no está afectada por las restricciones de apertura ni por los límites de distancia propios de las zonas declaradas saturadas.

Una singularidad que, a juicio del Defensor, justifica la protección

La resolución señala que la plaza presenta una configuración peculiar y destaca por su tranquilidad, su sosiego y su “encanto”, además de permanecer ajena a la actividad de locales hosteleros que sí abundan en otros puntos del Casco Antiguo y que, junto a efectos positivos, generan también afecciones negativas. Esa singularidad, ha subrayado la institución, justificaría que el Consistorio procure preservar su esencia, su configuración y sus características actuales.

El Defensor del Pueblo sostiene que la prohibición debería alcanzar a cualquier local donde se vendan bebidas, con independencia de su categorización, porque considera que son susceptibles de generar concentraciones de personas y molestias similares a las del ocio ligado a la hostelería o incluso a las del fenómeno del botellón. Como medida subsidiaria, y “elemental”, propone que el Ayuntamiento impida al menos la instalación de terrazas aledañas a los establecimientos que pudieran abrirse.

El debate jurídico: ¿hostelería o comercio?

El caso pone de relieve la controversia sobre cómo se califica una degustación de café. El Ayuntamiento ha informado de que no tiene constancia de ninguna licencia ni declaración responsable presentada para la plaza de San José. Según su informe, el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del Casco Antiguo ya fija una distancia de separación entre locales de hostelería, pero su intento de regular actividades “aledañas”, como las degustaciones de café, los comercios de comida para llevar o la venta de alcohol, con una regulación horaria, fue recurrido. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra dio la razón a los recurrentes al entender que la competencia exclusiva en materia de comercio corresponde al Gobierno foral. El Consistorio ha recordado asimismo que implantar una actividad no conlleva necesariamente un derecho a instalar una terraza en la vía pública.

Por su parte, el Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial ha defendido que la degustación de café no es una actividad comercial sino hostelera, al implicar un proceso de elaboración, y que encaja en el código 56.3 de la clasificación CNAE, el de servicios de bebidas. Ha añadido que, aunque se considerara comercio, el Gobierno de Navarra solo tramita autorizaciones para grandes establecimientos de más de 2.500 metros cuadrados, por lo que carece de margen de actuación. Ha indicado, no obstante, que el artículo 55 del anteproyecto de nueva ley foral de comercio permitirá a los municipios prohibir la venta de alcohol en comercios no hosteleros entre las 22:00 y las 7:00 horas.

Dos meses para responder

El Ayuntamiento dispone de un plazo máximo de dos meses para informar de si acepta la resolución y, en su caso, de las medidas adoptadas.