El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de cinco años y un día de prisión que la Audiencia Provincial impuso el pasado marzo a un hombre por realizar tocamientos a una niña de 9 años en una localidad de Tierra Estella. La sentencia, dictada por la Sala de lo Civil y Penal, desestima el recurso de la defensa y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
El acusado ha sido condenado como autor de un delito continuado de abuso sexual sobre una menor de 16 años, con la agravante de prevalimiento por la relación de parentesco, ya que es el esposo de una tía abuela de la niña. Según se recoge en el procedimiento, mantenía además una relación muy intensa con la familia de la menor, similar a la de unos abuelos maternos.
Además de la pena de cárcel, no podrá comunicarse con la víctima ni acercarse a ella a menos de 300 metros durante ocho años. Tras cumplir la condena, deberá someterse a cinco años de libertad vigilada. En concepto de responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a la menor con 6.000 euros por el daño moral.
Los hechos se produjeron en tres ocasiones: dos, al menos, antes de marzo de 2020 y una en agosto de 2021. La niña presenta malestar emocional y recibe apoyo psicológico desde entonces.
Un relato coherente y sin indicios de falsedad
La Sala ha considerado que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial valoró de forma racional las declaraciones de los menores y las pruebas periciales. Según ha señalado el tribunal, los testimonios de la víctima y de su hermano mellizo, junto con las pruebas psicológicas, muestran coherencia y consistencia en su relato.
Los magistrados han indicado que las pruebas psicológicas y las entrevistas reflejan malestar emocional, sentimientos de culpabilidad y confusión, pero no indican simulación ni alteración intencionada, y se realizaron con técnicas apropiadas. También han destacado que la madre y otros testigos describieron la situación y la reacción de los menores, lo que respalda la versión de los hechos denunciados y la percepción de la madre sobre la conducta del acusado.
Por último, la Sala ha subrayado que la niña no mostró un conocimiento previo de la gravedad de lo ocurrido, algo que, a su juicio, refuerza la veracidad de su testimonio. Su reacción posterior y los síntomas psicológicos que padece apoyan, han añadido los jueces, la sinceridad de un relato en el que no se aprecian indicios de falsedad.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de cinco años y un día de prisión que la Audiencia Provincial impuso el pasado marzo a un hombre por realizar tocamientos a una niña de 9 años en una localidad de Tierra Estella. La sentencia, dictada por la Sala de lo Civil y Penal, desestima el recurso de la defensa y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
El acusado ha sido condenado como autor de un delito continuado de abuso sexual sobre una menor de 16 años, con la agravante de prevalimiento por la relación de parentesco, ya que es el esposo de una tía abuela de la niña. Según se recoge en el procedimiento, mantenía además una relación muy intensa con la familia de la menor, similar a la de unos abuelos maternos.
Además de la pena de cárcel, no podrá comunicarse con la víctima ni acercarse a ella a menos de 300 metros durante ocho años. Tras cumplir la condena, deberá someterse a cinco años de libertad vigilada. En concepto de responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a la menor con 6.000 euros por el daño moral.
Los hechos se produjeron en tres ocasiones: dos, al menos, antes de marzo de 2020 y una en agosto de 2021. La niña presenta malestar emocional y recibe apoyo psicológico desde entonces.
Un relato coherente y sin indicios de falsedad
La Sala ha considerado que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial valoró de forma racional las declaraciones de los menores y las pruebas periciales. Según ha señalado el tribunal, los testimonios de la víctima y de su hermano mellizo, junto con las pruebas psicológicas, muestran coherencia y consistencia en su relato.
Los magistrados han indicado que las pruebas psicológicas y las entrevistas reflejan malestar emocional, sentimientos de culpabilidad y confusión, pero no indican simulación ni alteración intencionada, y se realizaron con técnicas apropiadas. También han destacado que la madre y otros testigos describieron la situación y la reacción de los menores, lo que respalda la versión de los hechos denunciados y la percepción de la madre sobre la conducta del acusado.
Por último, la Sala ha subrayado que la niña no mostró un conocimiento previo de la gravedad de lo ocurrido, algo que, a su juicio, refuerza la veracidad de su testimonio. Su reacción posterior y los síntomas psicológicos que padece apoyan, han añadido los jueces, la sinceridad de un relato en el que no se aprecian indicios de falsedad.