Pamplona Actual

Navarra compensa con 75.000 euros las limitaciones de uso en espacios protegidos naturales

La Dirección General de Medio Ambiente ha establecido convenios con entidades locales y un propietario en Milagro, asegurando indemnizaciones por restricciones de uso en áreas protegidas. Estos pagos buscan mitigar pérdidas económicas derivadas de la conservación de la biodiversidad en más de 900 hectáreas, fomentando un equilibrio entre la protección ambiental y las actividades tradicionales del medio rural.

  • Laguna de Pitillas

El Gobierno de Navarra, a través de la dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra ha aprobado ayudas por 75.000 euros este año para compensar limitaciones de aprovechamientos de cultivos, pastos o forestales en algunos terrenos por estar cubiertos como espacios naturales por algún tipo de figura de protección, unas indemnizaciones habituales que este año abarcan un total de 917 hectáreas.

Los consistorios de Pitillas y Viana, la Junta del Valle de Roncal, el concejo de Lizaso y un propietario particular en la localidad de Milagro recibirán este año un total de 74.874 euros, por medio de sendos convenios con las cuatro entidades municipales y la persona particular afectadas. Medio Ambiente ha cuantificado la pérdida de ingresos que se están produciendo durante cuatro años –hasta 2028-, período durante el que terminarán acumulándose 300.000 euros. Los pagos requieren la justificación anual del lucro cesante correspondiente.

Las restricciones de usos afectan a zonas de espacios que están cubiertos por algún tipo de figura de protección con la finalidad de garantizar la conservación de su flora, fauna o hábitats del territorio, de manera que contribuyan a la biodiversidad y resiliencia frente al cambio climático. La ley establece desde 1996 que la administración debe indemnizar las limitaciones singulares y efectivas que impidan el ejercicio de actividades y usos tradicionales y consolidados propios del medio rural, tales como el uso de pastos, aprovechamientos forestales o la no roturación de terrenos con fines agrícolas. Pero ese criterio consignado en la ley, comenzó a emplearse antes: en 1994, por ejemplo, el concejo de Lizaso ya cobraba 756.248 pesetas por el lucro cesante que suponía la declaración del Bosque de Orgi y su espacio natural recreativo.

Desde entonces, y según se han ido aprobando las medidas de protección de distintas zonas, a Orgi se han unido otros cuatro espacios: las reservas naturales de Las Cañas, la Laguna de Pitillas y Larra, esta última con las reservas integrales de Aztaparreta y Ukerdi, y el enclave Soto de Granjafría, el único de titularidad privada.

Extracción de madera limitada por protección de la naturaleza

En cuanto a la extensión de las zonas con restricciones, la mayor cantidad de espacio con usos limitados (83,4% del total) está en 765 hectáreas que forman parte de la reserva natural de Larra y las reservas integrales de Aztaparreta y Ukerdi. La Junta General del Valle del Roncal ve limitado el uso de maderas, leñas y otros productos del monte, un concepto por el que, usando como variable de referencia los rendimientos anuales de las masas forestales, Medio Ambiente le abonará cada año 50.579 euros. La siguiente entidad en extensión de espacio con restricción de usos es el Concejo de Lizaso con 77,7 hectáreas afectadas del Bosque de Orgi y su área natural recreativa. También vinculada a la explotación de madera y leña, la indemnización por lucro cesante es de 7.854 euros anuales.

El tercer espacio también con usos forestales se localiza en la margen derecha del río Ebro, en el término municipal de Milagro. Son 7,5 hectáreas de las 35,9 que forman el enclave natural de Soto de Granjafría. Es el único espacio que obtiene compensación y tiene titularidad privada. Recibe estos pagos desde 2001 por no explotar una chopera productiva, y el convenio firmado hasta 2028 le atribuye una cantidad de 6.026 euros al año.

Restricciones en 67 hectáreas de humedales Ramsar

La Laguna de Pitillas y el Embalse de Las Cañas, también llamado del Salobre, son reservas naturales, zonas de espacial protección de aves (ZEPAS) y humedales de importancia internacional, según el Convenio Ramsar. Se encuentran enclavadas en los términos municipales de Pitillas y Viana, que ven limitados sus aprovechamientos, en el primer caso por no poder roturar algunas parcelas agrícolas de propiedad comunal y en el segundo por no aprovechar algunos pastos.

En la Laguna de Pitillas los criterios de protección impiden roturar 35 parcelas de comunal que suman un total de 41,15 hectáreas. La Dirección General de Medio Ambiente ha calculado la prima mediante una valoración técnica vinculada al canon de los arrendamientos rústicos de secano de la Navarra Media, y la indemnización se sitúa en el máximo de ayuda prevista: en total 8.230 euros al año.

En el Embalse de las Cañas con 25,86 hectáreas afectadas, la indemnización se comenzó a abonar en 1994 con un procedimiento de acuerdo verbal y siempre como compensación por los aprovechamientos pascícolas no utilizados en el interior de la reserva natural. Hoy, lo previsto en el convenio, es el abono de 2.185 euros anuales el Ayuntamiento de Viana por el lucro cesante.

El Gobierno de Navarra, a través de la dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra ha aprobado ayudas por 75.000 euros este año para compensar limitaciones de aprovechamientos de cultivos, pastos o forestales en algunos terrenos por estar cubiertos como espacios naturales por algún tipo de figura de protección, unas indemnizaciones habituales que este año abarcan un total de 917 hectáreas.

Los consistorios de Pitillas y Viana, la Junta del Valle de Roncal, el concejo de Lizaso y un propietario particular en la localidad de Milagro recibirán este año un total de 74.874 euros, por medio de sendos convenios con las cuatro entidades municipales y la persona particular afectadas. Medio Ambiente ha cuantificado la pérdida de ingresos que se están produciendo durante cuatro años –hasta 2028-, período durante el que terminarán acumulándose 300.000 euros. Los pagos requieren la justificación anual del lucro cesante correspondiente.

Las restricciones de usos afectan a zonas de espacios que están cubiertos por algún tipo de figura de protección con la finalidad de garantizar la conservación de su flora, fauna o hábitats del territorio, de manera que contribuyan a la biodiversidad y resiliencia frente al cambio climático. La ley establece desde 1996 que la administración debe indemnizar las limitaciones singulares y efectivas que impidan el ejercicio de actividades y usos tradicionales y consolidados propios del medio rural, tales como el uso de pastos, aprovechamientos forestales o la no roturación de terrenos con fines agrícolas. Pero ese criterio consignado en la ley, comenzó a emplearse antes: en 1994, por ejemplo, el concejo de Lizaso ya cobraba 756.248 pesetas por el lucro cesante que suponía la declaración del Bosque de Orgi y su espacio natural recreativo.

Desde entonces, y según se han ido aprobando las medidas de protección de distintas zonas, a Orgi se han unido otros cuatro espacios: las reservas naturales de Las Cañas, la Laguna de Pitillas y Larra, esta última con las reservas integrales de Aztaparreta y Ukerdi, y el enclave Soto de Granjafría, el único de titularidad privada.

Extracción de madera limitada por protección de la naturaleza

En cuanto a la extensión de las zonas con restricciones, la mayor cantidad de espacio con usos limitados (83,4% del total) está en 765 hectáreas que forman parte de la reserva natural de Larra y las reservas integrales de Aztaparreta y Ukerdi. La Junta General del Valle del Roncal ve limitado el uso de maderas, leñas y otros productos del monte, un concepto por el que, usando como variable de referencia los rendimientos anuales de las masas forestales, Medio Ambiente le abonará cada año 50.579 euros. La siguiente entidad en extensión de espacio con restricción de usos es el Concejo de Lizaso con 77,7 hectáreas afectadas del Bosque de Orgi y su área natural recreativa. También vinculada a la explotación de madera y leña, la indemnización por lucro cesante es de 7.854 euros anuales.

El tercer espacio también con usos forestales se localiza en la margen derecha del río Ebro, en el término municipal de Milagro. Son 7,5 hectáreas de las 35,9 que forman el enclave natural de Soto de Granjafría. Es el único espacio que obtiene compensación y tiene titularidad privada. Recibe estos pagos desde 2001 por no explotar una chopera productiva, y el convenio firmado hasta 2028 le atribuye una cantidad de 6.026 euros al año.

Restricciones en 67 hectáreas de humedales Ramsar

La Laguna de Pitillas y el Embalse de Las Cañas, también llamado del Salobre, son reservas naturales, zonas de espacial protección de aves (ZEPAS) y humedales de importancia internacional, según el Convenio Ramsar. Se encuentran enclavadas en los términos municipales de Pitillas y Viana, que ven limitados sus aprovechamientos, en el primer caso por no poder roturar algunas parcelas agrícolas de propiedad comunal y en el segundo por no aprovechar algunos pastos.

En la Laguna de Pitillas los criterios de protección impiden roturar 35 parcelas de comunal que suman un total de 41,15 hectáreas. La Dirección General de Medio Ambiente ha calculado la prima mediante una valoración técnica vinculada al canon de los arrendamientos rústicos de secano de la Navarra Media, y la indemnización se sitúa en el máximo de ayuda prevista: en total 8.230 euros al año.

En el Embalse de las Cañas con 25,86 hectáreas afectadas, la indemnización se comenzó a abonar en 1994 con un procedimiento de acuerdo verbal y siempre como compensación por los aprovechamientos pascícolas no utilizados en el interior de la reserva natural. Hoy, lo previsto en el convenio, es el abono de 2.185 euros anuales el Ayuntamiento de Viana por el lucro cesante.