Navarra Sur

Navarra fija el toque de queda de 23 a 6 horas y restringe las reuniones en espacios privados a la unidad convivencial

El Gobierno de Navarra ha fijado el toque de queda de 23 a 6 horas y ha decidido restringir las reuniones en los espacios privados a la unidad convivencial, según ha anunciado el vicepresidente primero […]

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El Gobierno de Navarra ha fijado el toque de queda de 23 a 6 horas y ha decidido restringir las reuniones en los espacios privados a la unidad convivencial, según ha anunciado el vicepresidente primero y consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Javier Remírez.

Según ha informado en rueda de prensa, la presidenta del Gobierno foral, María Chivite, firmará este martes un Decreto Foral que concreta en el ámbito de la Comunidad foral las medidas recogidas en el Real Decreto de Estado de Alarma aprobado este domingo por el Consejo de Ministros.

La principal novedad es la limitación, a la unidad convivencial, de las reuniones en el ámbito privado, medida esta que estará vigente, en principio, hasta el 4 de noviembre, con excepciones para personas que vivan solas y dependientes, menores, y parejas que viven en domicilios diferentes.

Además, se mantienen hasta el 4 de noviembre, inclusive, las restricciones de entradas y salidas del territorio foral y se confirma la limitación de circulación entre las 23.00 y 06.00 horas, excepto en determinadas situaciones sanitarias, laborales o de fuerza mayor.

El decreto de la presidenta se emite al amparo de lo dispuesto en Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, que la habilita como la autoridad competente delegada para definir los términos de dicho estado en la Comunidad foral.

La nueva normativa entrará en vigor el miércoles 28 de octubre una vez que se publique en el Boletín Oficial de Navarra. Igualmente, siguen vigentes todas las medidas tomadas en el ámbito de la Comunidad foral en las últimas semanas, siempre que no sean contradictorias con las expresadas en el Decreto de la Presidenta y en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

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