Desestima el recurso presentado por la editora de Diario de Noticias, Zeroa Multimedia que aseguraba que el procedimiento favorecía a las grandes cadenas nacionales y citaba algunas irregularidades
Pamplona, 25 de febrero
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN ha desestimado el recurso presentado en su día por la editora de Diario de Noticias, Zeroa Multimedia, contra la orden foral firmada en 2013 por el entonces consejero de UPN Juan Luis Sánchez de Muniáin que concedía 44 licencias radiofónicas en la Comunidad Foral. La sentencia puede ser recurrida en casación.
En su escrito de demanda Zeroa Multimedia que aseguraba que el procedimiento favorecía a las grandes cadenas nacionales y citaba algunas supuestas irregularidades, entre ellas que las adjudicatarias no hubieran presentado hasta meses después los proyectos técnicos.
Para el TSJN, sin embargo, la orden es legal y "no se ha producido desviación de poder ni arbitrariedad en la actuación administrativa impugnada, ni vulneración del principio de buena fe y confianza legítima".
"En ningún caso el concurso se ha dirigido a evitar la adjudicación a la recurrente en beneficio de otras adjudicatarias. El propio resultado del concurso, en el que el demandante ha obtenido tres licencias, lo desmiente", recuerda el TSJN que añade que "tampoco se han vulnerado los principios de buena fe y confianza legítima porque las pautas que han regido el concurso no han sido alteradas en ningún caso por la actuación administrativa. La adjudicación de las licencias se ha basado única y exclusivamente en la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la convocatoria".
Paa el TSJN "no está acreditado en absoluto que el concurso se haya utilizado para reducir los puntos del dial a emisoras ya existentes, para eliminar propuestas navarras independientes, para cerrar la entrada a emisoras sin acuerdos y para oprimir cualquier atisbo de bilingüismo; de hecho la demandante ha obtenido tres licencias", insiste.
"Tampoco se aprecia arbitrariedad ni mala fe en la actuación administrativa constando en las bases de la convocatoria los criterios para la valoración de las ofertas y la motivación por parte de la Mesa de valoración de las puntuaciones otorgadas a cada licitador", aseguran los magistrados del TSJN .