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El Parlamento aprueba la ampliación de la licencia retribuida a funcionarios para cuidado de hijos

La nueva ley equipara las condiciones del funcionariado con las del sector estatal

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  • Un pleno del Parlamento de Navarra
  • PLENO DEL PARLAMENTO DE NAVARRA

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado este jueves por unanimidad la Ley Foral de modificación del Decreto Foral Legislativo 251/1993, que regula el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Esta modificación tiene como objetivo ampliar la edad de los hijos que permite a los funcionarios acceder a una licencia retribuida para el cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves. La norma impulsada por el Grupo Parlamentario de UPN aumenta el límite de edad de 18 a 23 años, y en casos excepcionales hasta los 26, siempre que se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

Equiparación con el sector público estatal

La licencia incluye una reducción de jornada que puede alcanzar el 99,99 % si se justifica la necesidad de cuidados directos y permanentes. Esta reducción de jornada tiene como finalidad asegurar la atención adecuada de los menores durante el tratamiento de su enfermedad, independientemente de si han requerido hospitalización. Además, la licencia puede extenderse hasta que el hijo cumpla los 26 años, siempre que se justifique la discapacidad. Este permiso será compatible con la normativa estatal vigente, lo que supone una mejora significativa en las condiciones de los funcionarios navarros. La ley también prevé que, en caso de que haya más de un hijo afectado, se pueda solicitar una licencia retribuida por cada menor. La medida es aplicable en casos de adopción, tutela, acogimiento temporal o permanente de menores, así como en situaciones de guarda con fines de adopción o asimiladas. La norma busca garantizar que ambos progenitores puedan disfrutar de este derecho, aunque sólo uno de ellos podrá hacerlo de forma simultánea por cada hijo afectado.

Licencia por cada menor afectado

La reducción de jornada se aplicará diariamente y deberá coincidir con las primeras o últimas horas de trabajo del funcionario, salvo que se acuerde su acumulación en jornadas completas. Este tipo de acumulación será posible siempre que sea compatible con las necesidades del servicio en el que trabaja el funcionario afectado. En los casos en que el hijo afectado por la enfermedad cumpla la mayoría de edad, la licencia se mantendrá si no ha contraído matrimonio o formado una pareja de hecho. En estos casos, si la jornada reducida ya ha sido concedida al progenitor antes de que el hijo cumpla los 18 años, el derecho a la licencia continuará.

La modificación legal también incluye la ampliación de derechos para los cónyuges o parejas de hecho del hijo mayor de edad que se encuentre en la situación de enfermedad grave. Si se cumplen los requisitos establecidos en la ley, la pareja o cónyuge podrá beneficiarse del permiso en lugar del progenitor. Esta modificación pretende abarcar todos los posibles escenarios en los que se pueda requerir el cuidado de una persona afectada por una enfermedad grave.

Las enfermedades graves que dan derecho a la licencia están recogidas en un listado específico del sistema de la Seguridad Social, lo que asegura una cobertura clara para aquellos casos que cumplan con los requisitos. Los funcionarios que deseen acceder a esta licencia deberán presentar un informe del personal médico encargado del tratamiento. En el caso de los beneficiarios de mutualismo administrativo, el informe deberá ser emitido por la entidad médica correspondiente. Además, la Dirección General de Función Pública será la encargada de verificar que se cumplen todos los requisitos para la concesión de este permiso.

Verificación por la Dirección General

La nueva normativa entrará en vigor el 1 de enero de 2025, según lo acordado por el Parlamento de Navarra. La modificación iguala el régimen jurídico navarro con el que rige en otras comunidades autónomas, lo que supone un avance significativo en los derechos laborales de los empleados públicos navarros. La actualización del estatuto coincide con la negociación en curso para la aprobación de un nuevo Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

El borrador del anteproyecto de este nuevo estatuto ya recoge la ampliación de la licencia retribuida, por lo que se espera que la medida se consolide en la nueva normativa. Esta medida forma parte de un esfuerzo mayor por parte del Ejecutivo Foral para mejorar las condiciones laborales de los empleados públicos navarros. La Ley Foral aprobada ha contado con el consenso de todos los grupos parlamentarios, lo que refuerza su relevancia.

Durante el debate en el Pleno del Parlamento, se aprobó una enmienda técnica y aclaratoria presentada por PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, que fue respaldada por unanimidad.

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