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Navarra plantea ampliar hasta la temporada 2026 el plazo para que las piscinas se adapten a la nueva normativa

La actualización de la normativa persigue incrementar el nivel de calidad y seguridad de las piscinas ubicadas en Navarra

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  • Somete a dictamen del Consejo de Navarra una nueva ampliación de plazo, para que las instalaciones aún no adaptadas presenten los proyectos de reforma

El Gobierno de Navarra plantea ampliar hasta el 31 de mayo de 2025 el plazo para que determinadas piscinas de uso colectivo que deben cumplir el Decreto Foral 86/2018, y aún no se han adaptado a la nueva normativa higiénico-sanitaria para este tipo de instalaciones, presenten antes del vencimiento de esta fecha la documentación establecida: una memoria valorada de las reformas necesarias a realizar; el plazo previsto de ejecución, que no excederá el 1 de enero de 2026 para las cubiertas y verano de 2026 para las descubiertas; la declaración responsable de compromiso de realización de las personas titulares de las instalaciones y un plan de viabilidad financiera.

El objetivo es que las piscinas descritas en el artículo 3 del Decreto Foral 86/2018, de 24 de octubre, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas de la Comunidad Foral de Navarra, se adapten a la normativa en dicha norma descrita. Para poder llevar a cabo esta ampliación de plazo, el Gobierno Foral ha tomado en consideración en su sesión de hoy el proyecto de Decreto Foral por el que se modifica el Decreto Foral de 2018, a efectos de que pueda ser sometido al preceptivo dictamen del Consejo de Navarra con carácter de urgencia, lo que supone reducir a la mitad el plazo de 45 días establecido para este tipo de pronunciamientos.  

Cabe recordar que la situación de pandemia vivida en 2020 hizo que muchos titulares de estas instalaciones tuvieran dificultades administrativas y económicas para acometer los cambios necesarios para cumplir la nueva normativa en el plazo inicialmente establecido, que era enero de 2021. En consecuencia, el Gobierno de Navarra amplió hasta enero de 2025 el margen para acometer las adaptaciones que fueran necesarias. Ahora se plantea una nueva prórroga hasta la temporada de 2026, visto que algunos titulares han tenido dificultades para cumplir las obligaciones necesarias.

En una reunión celebrada el pasado mes de septiembre, la Comisión Foral de Régimen Local ya puso en conocimiento de los representantes del Departamento de Salud el problema de adaptación de las instalaciones de piscinas de uso colectivo en varios municipios de Navarra a fecha 1 de enero de 2025. Estudiada la situación, se acordó otorgar un nuevo plazo de adecuación de determinadas instalaciones, con la finalidad de que sus titulares destinen presupuesto y dispongan de tiempo suficiente para realizar las obras necesarias. 

Mejoras a la luz del Real Decreto 3/2023

Además de la llegada de la fecha límite para que las piscinas cumplan los requisitos, la modificación del Decreto Foral de 2018 se impulsa a la vista del tiempo transcurrido desde su entrada en vigor y la experiencia obtenida durante su aplicación. La modificación permitirá incorporar los cambios introducidos a nivel estatal en las piscinas por el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro, así como paliar el problema de la falta de socorristas con la cualificación que cumplan los requisitos del Decreto Foral vigente. 

Los cambios contemplados en el Real Decreto 3/2023 que Navarra debe adaptar tienen relación con las necesidades de formación y los plazos para obtenerla del personal dedicado a la puesta a punto, el mantenimiento y la limpieza de los equipos e instalaciones, siempre y cuando sean operaciones que pudieran incidir sobre la calidad del agua de los vasos. Se establece además cómo realizar la remisión de la información de los datos de control de las instalaciones durante su funcionamiento al Ministerio de Sanidad a través de la aplicación SILOE.

El Gobierno de Navarra ha considerado conveniente ampliar el plazo de validez del curso de socorrista establecido en la normativa anterior en circunstancias justificadas. Por otra parte, y teniendo en cuenta la experiencia en la aplicación del decreto foral, se ha visto la necesidad de aclarar algunos puntos o incluso incluir nuevas definiciones que ayuden a su cumplimiento.

Decreto Foral 86/2018

El objetivo del Decreto Foral 86/2018 es establecer las normas que regulan las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas de uso público, junto con sus instalaciones y servicios anexos, las condiciones de calidad sanitaria, tratamiento y control del agua y el aire de las mismas, los sistemas de información y el régimen de comunicaciones, la vigilancia e inspecciones sanitarias y el régimen sancionador.

El decreto foral incluye  definiciones y clasificaciones de las piscinas y vasos, las responsabilidades de los diferentes agentes implicados, titulares y administraciones competentes, los requisitos formativos y de cualificación del personal técnico, las condiciones que deben cumplir los laboratorios y los métodos de análisis, el control de calidad y los criterios de calidad del agua y del aire, la definición y las actuaciones derivadas de las situaciones de incumplimiento y de incidencia, y las obligaciones de información al público y de intercambio de información entre autoridades competentes, incluyendo la notificación de incidencias.

La actualización de la normativa persigue incrementar el nivel de calidad y seguridad de las piscinas ubicadas en Navarra, mejorando la protección de la salud y de la seguridad de las personas que las utilizan. 

 

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