La Cámara de Comptos ha remitido al Parlamento un informe sobre las aportaciones de los Ayuntamientos de Bera, Viana, Alsasua y Baztan a las ikastolas de sus respectivas localidades, solicitado por el legislativo a instancias de los grupos Unión del Pueblo Navarro y Partido Socialista de Navarra. La petición pedía cuantificar los gastos corrientes y de inversión asumidos por los ayuntamientos, las cesiones de bienes y valorar la legalidad de esas actuaciones.
Respecto al Ayuntamiento de Bera, la ikastola de la localidad desarrolla su actividad en dos edificios. Uno de ellos está cedido por el Ayuntamiento y el otro lo construyó la ikastola en una parcela cedida por el consistorio para 50 años. En el periodo 2012-2017, el consistorio ha asumido unos 300.000 euros de gasto de Labiaga ikastola, principalmente del capítulo de limpieza.
En el mismo periodo, el Ayuntamiento de Viana ha subvencionado con 106.000 euros a Erentzun Ikastola para mantenimiento y funcionamiento del centro, actividades culturales y amortización de la deuda. La ikastola tiene una fundación que realiza actividades culturales y ha recibido 29.000 euros entre 2012 y 2017.
En cuanto a Alsasua, su ikastola imparte enseñanza en dos edificios construidos sobre suelo municipal y el ayuntamiento otorga una subvención anual aprobada a comienzos de los años noventa. Entre 2012 y 2017 esa subvención ha sumado 240.000 euros.
A instancias de la Cámara de Comptos, el Ayuntamiento formalizó un convenio en 2012 para fijar los gastos objeto de subvención. En 2017 se suprimió la subvención nominativa, sustituyéndola por una convocatoria abierta a todos los centros de enseñanza de Alsasua.
Respecto a Baztan, la ikastola de la localidad es la única pública municipal. Se trata de un organismo autónomo aunque algunas de sus facturas relacionadas con limpieza, calefacción y luz las paga el ayuntamiento. En el periodo 2012-2017, ese gasto ha sumado 225.000 euros. La Cámara de Comptos, en un informe sobre las cuentas municipales, recomendó que el titular de las facturas fuera la ikastola aunque luego las financiara el ayuntamiento.
La Cámara de Comptos concluye que la cesión de edificios o suelo público de los ayuntamientos, de las que han sido beneficiarios también otros centros educativos que no son ikastolas, es conforme a derecho desde el momento que los beneficiarios los destinan para una actividad de interés general. También las ayudas públicas aportadas son legales, puesto que las entidades locales pueden apoyar a los centros de enseñanza según la Ley de Bases de Régimen Local.
Por lo tanto, las ayudas analizadas respetan la normativa a excepción de los gastos de Labiaga ikastola, que deberían ser asumidos por el centro y no por el ayuntamiento o, en su caso, formalizar el correspondiente convenio.
El informe concluye con varias recomendaciones. Entre otras, coordinar las ayudas municipales con el régimen de conciertos educativos y enmarcar las ayudas municipales en el régimen general de subvenciones. También se sugiere la conveniencia de que Baztan ikastola se integre en la red de centros concertados.