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La Audiencia Nacional inadmite una querella contra el expresidente Zapatero

El magistrado señala que los hechos esgrimidos en la querella proceden de fuentes abiertas sin aportar indicios racionales de criminalidad que permitan abrir un procedimiento penal

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La Audiencia Nacoinal ha decidido este lunes no admitir a trámite la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra el expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. La acusación incluía delitos de blanqueo de capitales, tráfico de drogas y pertenencia a organización criminal, en relación con el régimen de Nicolás Maduro en Venezuela. Sin embargo, el magistrado Antonio Piña ha determinado que los elementos presentados no son suficientes para abrir un procedimiento penal.

El magistrado Antonio Piña argumenta falta de pruebas

En el auto de resolución, el titular de la Plaza Seis de la Sección de Instrucción, Antonio Piña, ha señalado que la querella se basa principalmente en informaciones periodísticas y otras fuentes abiertas. Según el magistrado, no se han aportado indicios racionales de criminalidad que justifiquen la apertura de una causa penal. Este análisis exhaustivo de la querella y los delitos imputados a Rodríguez Zapatero ha llevado a la conclusión de que no existen hechos con entidad suficiente para proceder judicialmente.

La querella carece de fundamentos sólidos

El instructor del caso ha subrayado que no se puede confundir la creencia personal o popular con la existencia de hechos delictivos. En el texto de la querella, no se ha aportado evidencia que relacione al expresidente con delitos de tráfico de sustancias estupefacientes o pertenencia a una organización criminal. Asimismo, se descarta la imputación de un delito de blanqueo de capitales, ya que no se han presentado pruebas que lo sustenten.

 

Relevancia típica de los hechos denunciados

 

La decisión de inadmitir la querella se fundamenta en la falta de relevancia típica de los hechos denunciados. El magistrado Piña ha concluido que los cargos no tienen el peso necesario para ser considerados en un procedimiento penal. Esta resolución pone fin a las acusaciones infundadas contra Rodríguez Zapatero, al menos en el ámbito judicial, dejando claro que no hay base legal para avanzar con el caso.

 

La querella presentada por Hazte Oír había generado expectación debido a las graves acusaciones contra el expresidente. Sin embargo, el análisis del Tribunal Central de Instancia ha demostrado que los argumentos no son suficientes para llevar a cabo un proceso penal. La falta de pruebas concretas y la dependencia de fuentes abiertas han sido factores determinantes en la decisión del magistrado.

 

Con esta resolución, el Tribunal Central de Instancia reafirma la importancia de contar con pruebas sólidas antes de iniciar un procedimiento penal. La inadmisión de la querella contra Rodríguez Zapatero subraya la necesidad de diferenciar entre creencias personales y hechos delictivos comprobables. El caso destaca la responsabilidad de las instituciones judiciales en la evaluación rigurosa de las acusaciones presentadas.

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