90 parcelas de 72 metros cuadrados compondrán los huertos ecológicos de Sarriguren

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El espacio de huertos ecológicos de Sarriguren contará con 90 parcelas de 72 m² situados en la zona que linda con el Colegio Maristas

Sarriguren, 2 de mayo

Diez de las parcelas las adjudicará el Servicio Social de Base y otras 80 parcelas para los vecinos. Las parcelas destinadas a Servicio Social de Base su adjudicación será gestionada por dicho Departamento mediante los criterios que señale, no aplicándose los criterios de estas bases, de aplicación para el resto de parcelas (80).

Independientemente de su adjudicación, sí aplicarán a todas las parcelas el Reglamento de Uso de las parcelas y será el Servicio de Jardinería u Organismo Competente el que decida sobre los incumplimientos de todas las parcelas.

Sólo podrán acceder al sorteo de las parcelas las personas empadronadas en los núcleos urbanos de Gorráiz y Sarriguren con fecha de 1 mes anterior al sorteo.

La parcela es propiedad del Ayuntamiento de Egüés y su uso se concede por autorización expresa del mismo durante un año, prorrogable hasta 4 años, no permitiéndose ningún tipo de modificación en la estructura de la parcela.

El periodo comenzará del 1 de enero al 31 de diciembre del año en curso. En caso de adjudicarse en fecha posterior al 1 de enero del año en curso se entenderá el período anual hasta el 31 de diciembre del año en curso.

Las prórrogas serán concedidas de forma automática, siempre que no se haya producido incumplimiento de las normas contenidas en el Reglamento de uso de las parcelas, durante el periodo de uso anterior, o bien el beneficiario solicite de forma expresa la renuncia a su uso.

Cada 4 años se realizará una nueva adjudicación conforme a lo señalado en estas bases de todas las parcelas, excepto las destinadas a Servicio Social de Base.

Proceso de concesión de las parcelas

Con el fin de que las personas con menos recursos económicos tengan acceso a una alimentación sana y de calidad el reparto de parcelas se realizará mediante baremo. La puntuación atenderá a los siguientes criterios:

1.–Hasta 70 puntos el nivel de renta.

2.–10 puntos encontrarse uno o más miembros del núcleo familiar en situación de desempleo.

3.–20 puntos encontrarse uno o más miembros del núcleo familiar en situación de desempleo de larga duración (más de un año).

Las parcelas serán asignadas mediante baremo y en su caso por riguroso orden de entrada en registro del Ayuntamiento del Valle de Egüés en Sarriguren. Para ello todos los solicitantes de una parcela deberán presentar la última declaración de la renta y los documentos acreditativos de la situación de desempleo.

El baremo de renta será el siguiente:

– De 15.000 a 20.000 euros (10 puntos).

–7.500 euros a 14.999 euros (30 puntos).

–5.000 euros y 7.499 euros (50 puntos).

– menor de 5.000 euros (70 puntos).

Sólo se podrá realizar una solicitud por unidad familiar, entendiendo por unidad familiar las personas que figuran incluidos en la misma hoja padronal, que será verificado por parte del Ayuntamiento del Valle de Egüés.

Serán los Servicios administrativos del Valle de Egüés los que realicen las verificaciones oportunas de los documentos entregados y la baremación.

Aquellas personas que tengan una puntuación igual o superior a 70 puntos tendrán una adjudicación provisional de una parcela. En caso de que hubiera más de 80 personas o rebasaran la cantidad de 80 con igual puntuación superando las 80 personas se adjudicará la parcela mediante sorteo, que será publicitado por el Ayuntamiento del Valle de Egüés por los medios habituales (web, bandos, etc.).

En caso de existir más de 80 personas se confeccionará una lista de espera, para posibles renuncias o retiradas de parcela por incumplimiento de la normativa, que tendrá una duración de 2 años y corresponderá al resultado del sorteo siguiendo orden correlativo.

Para el resto de solicitantes que no han llegado a los 70 puntos y en el caso de que no se hubieran cubierto las 80 parcelas, se realizará un sorteo entre todos los solicitantes, adjudicándose provisionalmente hasta completar las 80 parcelas.

Con aquellos que no resulten adjudicatarios de parcelas se colocarán en la anterior lista de espera conforme al orden del sorteo y a continuación del colectivo anterior (aquellos que poseen 70 o más puntos).

El huerto será asignado a un único titular que no podrá cederlo ni traspasarlo ni alquilarlo.

La adjudicación que se realice en virtud de los resultados obtenidos en el acto del sorteo será provisional. La misma pasará a definitiva, mediante Resolución de Alcaldía o Concejalía delegada, una vez justificados los requisitos exigidos para poder ser beneficiario de una parcela.

La adjudicación de las huertas podrá declararse desierta en los supuestos en los que no se justifique la vecindad en el Valle de Egüés o no se ha cumplido cualquier otro requisito, incluido la falta de pago del canon mensual en los 10 días siguientes a la adjudicación provisional.

Las parcelas adjudicadas podrán ser ocupadas desde el momento en que la adjudicación sea definitiva, lo que se trasladará a los adjudicatarios.

Costes y precios públicos.

Las parcelas destinadas a los vecinos tendrán un canon de 10 euros mensuales. A estas tarifas se aplicarán los descuentos equivalentes en función de la renta conforme al resto de convocatorias del Ayuntamiento del Valle de Egüés.

–RPC 15.000 a 20.000 euros (85% de tarifa).

–RPC 7.500 euros a 14.999 euros (75% de tarifa).

–RPC 5.000 euros y 7.499 euros (60% de tarifa).

–RPC menor de 5.000 euros (50% de tarifa).

A efectos de aplicación de las anteriores tarifas se entenderá para el cálculo de los tramos de RPC que la base imponible es el resultado de la suma de las casillas: 507, 8810, 706 y 765 del impuesto sobre la renta de las personas físicas del año anterior de la entrada en vigor de la tasa en la Comunidad Foral de Navarra o las casillas equivalentes en el resto del Estado. Este importe será dividido entre los miembros de la unidad familiar.

En el caso de que los adjudicatarios/as deseen prorrogar al siguiente año la parcela deberá presentar la última declaración de la renta, para aplicarle las bonificaciones o penalizaciones correspondientes para el año próximo antes del 31 de diciembre del año en curso.

En caso de desistimiento el adjudicatario deberá notificarlo en registro municipal en el Ayuntamiento del Valle de Egüés. De esta forma sólo estará obligado a abonar el canon mensual hasta el momento del registro.

En caso de abandono de la parcela el adjudicatario sólo deberá abonar el canon hasta el momento de notificación por parte del Servicio de Jardinería de dicha situación, que acarreará la devolución de la parcela.

En caso de no abonar 2 mensualidades será motivo de devolución de la parcela.

El pago del canon se realizará el último día hábil del mes o bien facilitando los datos bancarios para que sea el Ayuntamiento el que mensualmente realice el cargo correspondiente. El pago del primer canon mensual deberá realizarse antes de los 10 días contados a partir del día de la adjudicación provisional. No se procederá a la adjudicación definitiva de la parcela si no se ha hecho el pago del canon señalado.

Lista de espera.

La lista de espera tendrá un periodo máximo de 2 años. Al cabo de 2 años deberá realizarse un nuevo periodo de solicitudes para actualizar esa lista de espera conforme a los criterios señalados en estas bases (nivel de renta y desempleo).

En caso de vacantes el Servicio de Jardinería u Organismo Competente avisará al siguiente de la lista, que si estuviera interesado/a, deberá presentar la documentación requerida en estas Bases en el plazo establecido. Del mismo modo el plazo de adjudicación terminará el mismo día para todos ellos/as.

Si no existiera demanda suficiente para adjudicar los huertos se abrirá un nuevo periodo de solicitudes conforme a las condiciones expuestas en estas Bases en primer lugar a los vecinos/as del resto del Valle y si no se completaran las parcelas se abriría un nuevo periodo para aquellos pertenecientes a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Objetivos del aprovechamiento de los huertos ecológicos del Valle de Egüés.

1.–Garantizar una alimentación sana y de calidad a los vecinos con menos recursos económicos.

2.–Ocupar el tiempo libre de forma práctica y enriquecedora.

3.–Fomentar el uso de la agricultura ecológica en el municipio.

4.–Recuperar algunos usos y costumbres de la agricultura tradicional.

5.–Promover una alimentación sana basada en productos naturales.

6.–Impulsar un mayor conocimiento y respeto por el medio ambiente.

7.–Contribuir a la reducción de la contaminación debida al uso de productos químicos en las prácticas agrícolas.

8.–Favorecer la ocupación del tiempo en actividades enriquecedoras física y mentalmente a los vecinos y vecinas.

9.–Fomentar las relaciones humanas, la colaboración y la ayuda mutua entre los adjudicatarios.

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