Esquíroz impone al menos tres años de empadronamiento para los usufructuarios de su comunal

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El Concejo de Esquíroz ha aprobado definitivamente su ordenanza de aprovechamiento de los bienes comunales, que obliga a los beneficiarios a residir efectivamente al menos 9 meses al año en la población de la Cendea de Galar

Esquíroz, 26 de enero

Al Concejo de Esquíroz no le basta con que sus vecinos estén empadronados en un domicilio y estén al corriente de su obligaciones fiscales. Para ser beneficiario del aprovechamiento de los bienes comunales, esto es,  unos terrenos que según la ley son de todos los vecinos de la localidad y que en el caso de Esquíroz consiste en una robadas de terreno de secano, que se calculan en proporción al número de integrantes de la unidad familiar o unas huertas, hay que ser vecino "de pata negra", es decir, estar empadronados con una antigüedad de al menos tres años, y por si fuera poco, residir efectivamente al menos 9 meses al año en esta población.

Esto es al menos, lo que dispone la ordenanza aprobada por el concejo el pasado mes de septiembre y que ahora entra en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Así, los interesados tienen ahora un plazo de quince días para solicitar el aprovechamiento de estos comunales, bien sean los terrenos de secano o las huertas.

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