La magistrada del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona ha dictado este lunes prisión provisional y sin fianza para un hombre acusado de provocar graves lesiones a una mujer con un botellazo en un bar de Burlada.
La juez argumenta que en el caso que nos ocupa existen "indicios suficientes para atribuir al detenido la comisión de un delito de lesiones con instrumento peligroso legal, pudiendo concurrir además un supuesto agravado en función de la evolución de la persona lesionada así como de un delito de atentado y recuerda que el detenido no tiene en este momento una situación regular en España, no tiene ningun tipo de actividad laboral, unicamente manifiesta estar estudiando el idioma y no tiene familia en España". Estas circunstancias unidas a la gravedad de las penas que se pueden imponer por los hechos cometidos determinan que tal medida es indispensable para evitar el riesgo de fuga existente puesto que carece de suficiente arraigo en nuestro país.
Los hechos ocurrieron el viernes, 11 de mayo, cuando el detenido accedió a un bar situado en Burlada, pidió una cerveza y se disponía a salir al exterior con el vaso de cristal cuando la encargada del local y la víctima le indicaron que no podía hacerlo, provocando esto que el presunto agresor se girara de manera repentina y estampara el vaso de cristal en la cara a la víctima causándole heridas de gravedad, para acto seguido salir a la carrera.
Avisados agentes de Policía Foral que identificaron al agresor y salieron en su búsqueda, consta que se le dio el alto varias veces haciendo él caso omiso, más bien siguió realizando maniobras evasivas para tratar de escapar hasta que finalmente se le dio alcance, forcejeando con los agentes y llegando a lesionar a uno de ellos.
En el auto de prisión, la juez señala que las heridas causadas a la víctima resultan al menos en este momento inicial de especial gravedad a la vista de la zona afectada y de las múltiples heridas que constan según el informe médico por lo que considera que ello “determina la posible concurrencia de los supuestos agravados previstos en el Código Penal que castiga estos hechos con elevadas penas de prisión”.
El detenido aseguró en su comparecencia judicial que “no recordaba nada de lo ocurrido, que había ingerido alcohol y solo recuerda encontrarse en dependencias policiales”. Practicada la prueba de etilometría unas horas después, según el auto de la juez arrojó un resultado de 0,25 ml alcohol por litro de aire espirado, por lo que la magistrada considera que “deberá determinarse a lo largo de la instrucción de la causa en qué medida tal ingesta de alcohol ha podido influir en la realización de los hechos”, pero en todo caso la juez considera que está claro que” no excluye la responsabilidad del detenido en su causación”.