El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha dictado una providencia por la que desestima la solicitud de la defensa de Koldo García Izaguirre. El investigado pretendía que se abriera una pieza de responsabilidad civil al empresario Víctor de Aldama, similar a las ya incoadas para el propio García y para el exministro José Luis Ábalos, con el fin de asegurar posibles indemnizaciones económicas derivadas del procedimiento.
Falta de legitimación del acusado
En su escrito, el magistrado subraya que Koldo García "carece por completo de legitimación" para solicitar medidas cautelares sobre el patrimonio de otro de los encausados. El tribunal recuerda que, al no ser García una de las acusaciones, no puede interesar responsabilidades pecuniarias contra terceros ni, por tanto, exigir su aseguramiento cautelar.
Además, la providencia aclara un aspecto fundamental de la normativa penal: la responsabilidad civil de los condenados por un delito es solidaria. Esto implica que, en caso de condena, cualquiera de los responsables debe responder por la totalidad de la deuda, sin poder exigir que la ejecución se realice sobre el patrimonio de otro de los responsables en lugar del propio, con independencia de la capacidad económica de cada uno.
El contexto del caso mascarillas
Esta decisión se enmarca en la instrucción del caso mascarillas, donde se investigan presuntas irregularidades y comisiones ilegales en la adjudicación de contratos públicos durante la pandemia. La resolución judicial supone un revés para la estrategia de defensa de García, que buscaba equiparar la situación procesal y económica de Víctor de Aldama a la suya y a la de José Luis Ábalos en el marco del juicio oral.






