La movilidad urbana ya no es lo que era. En apenas unos años, los patinetes eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP) han pasado de ser una rareza a convertirse en protagonistas habituales de calles y avenidas. Este auge ha traído consigo nuevas preguntas —y no pocos conflictos— que ahora encuentran respuesta en el nuevo marco legal que entra en vigor en 2026.
Desde el Área de Tráfico y Seguridad Vial de la Policía Foral explican que el cambio normativo responde a las numerosas consultas recibidas por parte de la ciudadanía tras las últimas decisiones adoptadas por la Dirección General de Tráfico (DGT). El objetivo es claro: reforzar la seguridad técnica y la responsabilidad civil, y garantizar una convivencia más segura entre peatones, patinetes y el resto de vehículos.
Registro obligatorio y seguro: los dos grandes cambios
Desde el 27 de enero de 2026, todos los propietarios de patinetes eléctricos deben adaptarse a un nuevo escenario legal. El primer paso es la inscripción en el Registro de Vehículos Personales Ligeros, habilitado por la DGT y accesible a través de su sede electrónica. En el caso de menores, el trámite corresponde a sus tutores legales.
Esta inscripción es imprescindible para contratar el seguro obligatorio de responsabilidad civil, exigido por la Ley 5/2025, de 24 de julio. Una vez registrado el VMP, el titular recibirá un certificado que permitirá adquirir una etiqueta identificativa, la cual deberá colocarse de forma visible en el vehículo.
La medida busca facilitar la identificación de los patinetes en caso de accidente o infracción, equiparando su control al de otros vehículos a motor.
Circular sin seguro no es una infracción menor: las sanciones pueden oscilar entre 200 y 800 euros, además de la inmovilización inmediata del vehículo.
Normas de circulación: lo que hay que saber
Junto al registro y el seguro, la normativa refuerza las reglas de uso de los VMP. Algunas dependen directamente de las ordenanzas municipales, por lo que las autoridades recomiendan informarse en cada ayuntamiento.
Entre los puntos clave destacan:
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Edad mínima: la normativa estatal no fija una edad mínima, pero los ayuntamientos sí pueden hacerlo. Pamplona, Sangüesa y Zizur exigen un mínimo de 14 años; Valle de Egüés y Barañáin, 16. Si no existe ordenanza municipal, no hay límite de edad.
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Casco: su obligatoriedad depende también de la normativa local. Aun así, la Policía Foral recomienda de forma encarecida su uso debido a la gravedad de las lesiones en caso de accidente.
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Aceras, prohibidas: los patinetes deben circular por la calzada. Solo podrán usar carriles bici, pistas ciclistas o sendas ciclables si así lo autoriza la ordenanza municipal.
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Velocidad limitada: los VMP deben estar diseñados para circular entre 6 y 25 km/h como máximo.
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Alcohol y distracciones: tolerancia cero para los menores (0,00 mg/l) y un máximo de 0,25 mg/l para los mayores de edad. Está prohibido usar auriculares o el teléfono móvil mientras se conduce.
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Un solo usuario: los patinetes son vehículos unipersonales; llevar acompañante está terminantemente prohibido.
Con estas medidas, las autoridades buscan ordenar una movilidad que ha llegado para quedarse. El mensaje es claro: el patinete eléctrico sigue siendo una alternativa ágil y sostenible, pero ahora con más responsabilidad y reglas más claras para todos.






