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Pamplona renueva su Ordenanza de Apartamentos para Personas Mayores, 25 años después

En la actualidad, el Consistorio dispone de 143 apartamentos repartidos en distintas ubicaciones

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  • apartamentos tutelados Txoko Berri

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona ha aprobado el proyecto de Ordenanza Reguladora del Servicio Municipal de Apartamentos para Personas Mayores, tras valorar las aportaciones recibidas durante el periodo de consulta pública, que se ha extendido a lo largo de los meses de abril y mayo. En ese tiempo se han recibido varias decenas de aportaciones, procedentes de la Unidad de Barrio de Etxabakoitz, de Izquierda Unida y de profesionales del Programa de Autonomía del Ayuntamiento de Pamplona. El objetivo central de este cambio normativo es mejorar la calidad del servicio mediante la implantación de un modelo de atención centrado en la persona, y reducir las listas de espera.

La nueva ordenanza actualiza la normativa vigente hasta ahora, que databa de 1999, y que establecía el régimen jurídico de la gestión, administración y uso de los apartamentos para personas mayores del Ayuntamiento de Pamplona. En la actualidad, el Consistorio dispone de 143 apartamentos repartidos en distintas ubicaciones: el edificio Txoko Berri, en San Juan, cuenta con 36 apartamentos con capacidad para 72 personas; Arga, en Rochapea, dispone de 32 apartamentos para hasta 64 personas; en Iturrama hay 41 apartamentos para 84 personas; en el Casco Antiguo, 9 apartamentos para hasta 18 personas; y en la Milagrosa, 25 apartamentos para 50 personas.

Los más de 25 años transcurridos desde la aprobación de la norma anterior, junto a los cambios sociales registrados en este tiempo, hacían necesaria tanto una actualización del texto como un cambio de modelo adaptado a la realidad actual. La nueva ordenanza se articula así sobre un modelo de atención integral centrada en la persona, y establece criterios de acceso y permanencia en estos espacios municipales, los sistemas de valoración y adjudicación de plazas, y las sanciones que pueden derivarse del incumplimiento de la norma.


Empadronamiento, problema grave de vivienda y autonomía, requisitos de acceso

La ordenanza establece que, para optar a una de estas plazas, será necesario estar empadronado en Pamplona con una antigüedad efectiva de al menos dos años y tener un problema grave de vivienda. Dentro de esos problemas graves se incluyen, por ejemplo, la falta de espacio o la existencia de barreras arquitectónicas, pero también carecer de hogar o encontrarse en situación de calle. Al margen de esto, las personas solicitantes deberán ser autónomas, es decir, capaces de valerse por sí mismas, y disponer de capacidad económica suficiente para hacer frente al pago mensual correspondiente. Para acceder a estos recursos será igualmente necesario contar con un informe social favorable.

Cambios en la puntuación tras el periodo de alegaciones

Entre las aportaciones aceptadas durante el periodo de exposición pública, se ha acordado reorganizar la puntuación de varios de los criterios de acceso. Por ejemplo, se ha rebajado de 20 a 15 los puntos concedidos por el tiempo de inscripción en lista de espera, de forma que los cinco puntos sobrantes se trasladan al criterio de ingresos económicos, concediéndolos al tramo más bajo de renta, con el fin de priorizar a las personas con menos recursos. También se han especificado algunos criterios para la solicitud de plazas, especialmente los referidos al problema grave de vivienda, la capacidad de autovalimiento, la capacidad económica y las obligaciones tributarias.

Asimismo, se han reformulado algunos de los deberes de las personas residentes y se han precisado las funciones de la comisión de valoración, encargada de resolver otras situaciones y casuísticas no recogidas expresamente en la ordenanza.

La Renta Garantizada sustituye al SMI como referencia de ingresos

Entre los principales cambios respecto a la ordenanza de 1999 se mantiene el relativo a los ingresos: a partir de ahora, la valoración económica tomará como referencia la cuantía fijada anualmente por el Gobierno de Navarra para la Renta Garantizada, en lugar del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), utilizado hasta el momento.

Una vez aprobado el proyecto de ordenanza en Junta de Gobierno, el texto deberá pasar ahora por la Comisión de Asuntos Ciudadanos, que le dará paso al Pleno municipal para su aprobación definitiva y posterior entrada en vigor.

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