Zizur Ardoi

Condenado a 180 años de prisión el profesor del IES de Zizur que grabó a 42 mujeres en baños y probadores

La Audiencia de Navarra fija un máximo de cumplimiento efectivo de 15 años y obliga al acusado a indemnizar a las víctimas

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  • Palacio de Justicia de Navarra -

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a 180 años y 9 meses de prisión al profesor del IES de Zizur que grabó a 42 mujeres en baños del centro educativo y en probadores de establecimientos comerciales, en una de las mayores condenas por delitos contra la intimidad dictadas en la Comunidad foral.

No obstante, y en aplicación del artículo 76 del Código Penal, el tribunal establece que el cumplimiento efectivo de la pena no superará los 15 años de prisión, equivalente al triple de la condena más alta impuesta.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, considera al acusado responsable de múltiples delitos contra la intimidad, así como de posesión y elaboración de pornografía infantil. Además, le impone 10 años de inhabilitación para cualquier actividad relacionada con menores.

Los magistrados han acordado también que el condenado indemnice a las 42 víctimas con cantidades que oscilan entre los 3.000 y los 15.000 euros. Antes del juicio, celebrado los días 24 y 25 de marzo, el acusado consignó 273.000 euros para resarcir a las denunciantes, lo que ha permitido al tribunal aplicar la atenuante de reparación del daño y fijar las penas en su grado mínimo.

La investigación se inició tras la denuncia de una vecina en octubre de 2023, que detectó la presencia de una cámara oculta. A raíz de ello, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Pamplona autorizó la entrada y registro en el domicilio del acusado, donde se obtuvieron pruebas clave.

Según recoge la resolución, el profesor se aprovechó de su condición de docente para acceder a datos personales de alumnas, apropiarse de contraseñas y entrar en sus cuentas de redes sociales como Instagram o Snapchat, desde donde obtenía imágenes privadas.

La Audiencia destaca que la prueba pericial fue “demoledora” y desmontó los argumentos de la defensa, acreditando un acceso selectivo a las cuentas y la conservación de la mayoría de los archivos. Asimismo, los investigadores hallaron indicios del uso de programas informáticos con inteligencia artificial para generar imágenes de carácter sexual.

El tribunal ha rechazado las atenuantes de trastorno mental, dilaciones indebidas y confesión solicitadas por la defensa, al considerar que no concurren en este caso. En cambio, sí aprecia la reparación del daño por el depósito económico previo al juicio.

En su fallo, la Audiencia subraya que no cabe considerar los hechos como un delito continuado, dado que cada una de las víctimas vio vulnerado de forma independiente su derecho fundamental a la intimidad.

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