El Gobierno de Navarra ha defendido las medidas adoptadas ante los incumplimientos de la Ley Foral 17/2020 de Actividades con Incidencia Ambiental en la gestión de residuos del vertedero de Góngora, señalando inspecciones periódicas, requerimientos correctivos y sanciones económicas a la empresa gestora, Servicios de la Comarca de Pamplona S.A. , dependiente de Mancomunidad de la Comarca.
La respuesta oficial se produce tras la pregunta parlamentaria formulada por el foralista Félix Zapatero Soria, de Unión del Pueblo Navarro (UPN), sobre los expedientes abiertos por la gestión de residuos vinculada a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Según la contestación firmada por el consejero José María Aierdi, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ejerce las funciones de control, inspección y sanción previstas en la normativa.
La instalación afectada —el vertedero de residuos no peligrosos y planta de clasificación del CTRU Góngora, situada en Aranguren— cuenta con autorización ambiental integrada y está gestionada por la sociedad pública Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A..El Ejecutivo foral afirma que se realizan dos inspecciones anuales dentro del Plan de Inspección Ambiental 2023-2026, con un subprograma específico para vertederos activos y clausurados. Tras cada visita, se exige a la empresa la corrección de las deficiencias detectadas en plazos determinados, independientemente de los procedimientos sancionadores que puedan abrirse.
Impacto del retraso de Imárcoain
El Gobierno reconoce que el retraso en la puesta en marcha del Centro de Tratamiento de Imárcoain agrava la principal deficiencia detectada: el vertido de residuos sin tratar. Según el informe, esta situación provoca que se depositen materiales reciclables y que el porcentaje de residuos biodegradables en vertedero supere los límites establecidos por la normativa estatal sobre eliminación de residuos.
Respecto a la rebaja de una multa inicialmente propuesta, el Ejecutivo aclara que los expedientes sancionadores se dirigen a la empresa gestora y no a la mancomunidad.En el procedimiento citado, la sanción pasó de 200.000 a 160.000 euros tras valorar alegaciones y apreciar una circunstancia atenuante: la adopción de medidas destinadas a paliar los efectos de la infracción. La resolución fue posteriormente confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que avaló la actuación administrativa.
El Departamento subraya que la reducción de sanciones no responde a decisiones discrecionales, sino al resultado del procedimiento administrativo, que incluye propuestas técnicas, alegaciones, valoración jurídica y resolución motivada.








