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El juez retira el carné de conducir al camionero del atropello mortal en Navarrería

El magistrado aprecia una imprudencia grave y un riesgo de que el investigado repita la conducta si conserva el permiso

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  • Policía Municipal en el lugar del suceso -

El Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona ha decretado la privación provisional del permiso de conducir al conductor del camión de recogida de residuos que, el pasado 28 de junio, provocó un atropello múltiple en la calle Navarrería en el que falleció una mujer de 30 años y otras cuatro personas resultaron heridas, dos de ellas de extrema gravedad. La medida, adoptada mediante auto fechado este miércoles incluye la intervención del carné y el requerimiento al investigado para que se abstenga de conducir vehículos a motor mientras se mantenga la medida cautelar.

Según recoge el auto, los hechos se produjeron cuando el conductor se bajó del camión, estacionado en una zona en cuesta de la calle Navarrería con gran afluencia de personas, sin haber accionado el freno de mano. El vehículo inició entonces un descenso incontrolado que atropelló a varias personas.

El magistrado, ha considerado indiciariamente acreditada la existencia de un delito de homicidio imprudente y dos delitos de lesiones imprudentes, y ha calificado la imprudencia como grave. En su resolución, el juez ha señalado que el estacionamiento de un vehículo pesado en una cuesta y en un lugar con gran afluencia de personas exigía "una atención reforzada" ante la posibilidad de que se produjeran, como finalmente ocurrió, consecuencias catastróficas.


La decisión, adoptada a instancia del Ministerio Fiscal y de las acusaciones particulares, se fundamenta en el artículo 529 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite al juez privar provisionalmente del permiso de conducir a la persona procesada por un delito cometido con motivo de la conducción, así como en el artículo 764.4 del mismo texto legal, que habilita la intervención del carné.

El auto subraya que las circunstancias del caso, marcadas por "un descuido inexcusable", hacen que mantener la vigencia de la licencia de conducción suponga "un peligro potencial intolerable para la seguridad colectiva", y precisa que la medida no constituye un adelanto de la pena, sino que responde a una función preventiva y de protección social.

El auto no es firme y admite recurso de reforma ante el propio juzgado en el plazo de tres días, así como recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pamplona/Iruña, que también puede interponerse directamente en un plazo de cinco días.

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