Los cambios del Reglamento General de Circulación en materia de protección de los usuarios vulnerables de la vía entran en vigor este jueves, con la llegada de octubre. Las modificaciones afectan a las obligaciones, el equipamiento, las edades y las condiciones de circulación de las bicicletas y los vehículos de movilidad personal (VMP).
Policía Municipal llevará a cabo una campaña informativa durante la primera semana de octubre para dar a conocer las principales novedades y las conductas denunciables. A partir del 19 de octubre, se denunciarán todas las acciones que contravengan la Ordenanza.
Por dónde se puede circular
Bicicletas y VMP podrán circular por carriles bici, calzadas, parques, paseos y calles residenciales, manteniendo una distancia mínima de dos metros con las fachadas y de metro y medio con los peatones. La circulación por aceras y zonas peatonales queda expresamente prohibida, con la única excepción de los menores de 12 años en bicicleta.
Edad, casco y prendas reflectantes
La edad mínima para conducir un VMP, de uso exclusivo para una persona, es de 15 años, y el casco homologado es obligatorio. Las prendas reflectantes son obligatorias de noche o en condiciones de baja visibilidad para los particulares, y en todo momento para conductores profesionales y repartidores, tanto en bicicleta como en VMP. Además, el casco es obligatorio sin excepciones para los ciclistas en vías interurbanas.
Bicicletas y VMP deben llevar timbre, frenos y elementos reflectantes, además de luz blanca delante y roja detrás. En los VMP, las luces deben estar siempre encendidas. Estos vehículos tienen que estar inscritos en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT) y contar con seguro obligatorio.
Conducta al manillar
Queda prohibido circular bajo los efectos del alcohol y las drogas, así como usar el teléfono móvil y los auriculares durante la conducción. La velocidad debe adaptarse al entorno, con prudencia y reducción de la marcha en cruces y pasos ciclistas, y los giros y maniobras deben indicarse con el brazo.
La falta de casco en los supuestos en que es obligatorio, o la ausencia de alumbrado o de prendas reflectantes preceptivas, se tipifican con carácter general como infracciones graves, con una sanción de 200 euros.
Posición en la vía y adelantamientos
En las vías urbanas, las bicicletas deben circular preferentemente por el centro del carril para ganar visibilidad y evitar aperturas de puertas y ángulos muertos. Los vehículos de motor deben mantener una distancia de seguridad mínima de cinco metros por detrás. En carretera, para adelantar es obligatorio reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite y ocupar completamente el carril continuo en las vías con más de un carril por sentido.












